Todo lo que debes saber sobre las ayudas para autoconsumo - Next Generation
¿Qué son las ayudas para autoconsumo - Next Generation?
La situación creada por la pandemia del COVID-19 ha hecho reaccionar a las economías europeas creando un plan de recuperación económica que llama «Next Generation», éste plan permitirá a España movilizar un volumen de inversión sin precedentes y en este contexto el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España, aprobado por la Comisión Europea, que traza la hoja de ruta para la modernización de la economía española.
Entre sus objetivos está que España apueste por la «descarbonización», apostando por una fuerte inversión en infraestructuras verdes, para de esta manera migrar de las energías fósiles a un sistema energético limpio, siendo la transición ecológica uno de sus cuatro ejes transversales.
Entre todas las políticas que se aplican en este plan de ayudas, nos centramos en 2 líneas de acción:
- Despliegue e integración de las energías renovables.
- Infraestructuras eléctricas, promoción de redes inteligentes y despliegue de la flexibilidad y el almacenamiento.
Estas ayudas realizadas por la comunidad económica europea se han distribuido en diferentes programas, y a su vez estan agrupadas en 6 programas.

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¿Cómo se distribuyen las ayudas para autoconsumo?
Se han creado 6 programas de incentivos para poder otorgar las ayudas para autoconsumo, estos programas se clasifican de la siguiente manera:
Programas de incentivos 1, 2 y 3:
- Personas jurídicas y agrupaciones de empresas o de personas físicas, con o sin personalidad jurídica, que realicen una actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado, incluyendo, entre otros:
- Los gestores de polígonos industriales, de naturaleza pública o privada.
- Las empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de actuaciones en el ámbito de la energía.
- Las empresas de servicios energéticos (ESEs).
- Las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía.
Programa de incentivos 1: deberán desempeñar su actividad dentro de una Clasificación Nacional de Actividades Económicas (en adelante, CNAE) incluido en uno de los siguientes grupos: G, H, I, J, K, L M, N, O, P, Q, R o S.
Programa de incentivos 2: deberán desempeñar su actividad dentro de un CNAE correspondiente al grupo A01, excepto el 017, o dentro de un CNAE correspondiente a los grupos B, C, D, E o F.
Programa de incentivos 3: Deberán estar incluidos en alguno de los epígrafes anteriores.
Programas de incentivos 4 y 5:
- Personas físicas que no realicen ninguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado.
- Las entidades locales y el sector público institucional de cualesquiera Administraciones Públicas
- Las personas jurídicas que no realicen ninguna actividad económica, por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado, incluyendo las entidades u organizaciones del tercer sector (Sin ánimo de lucro).
- Las personas físicas que realicen alguna actividad económica, por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado (Autónomos).
- Comunidades de propietarios.
- Las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía.
Programa de incentivos 6:
- Personas físicas que no realicen ninguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado.
- Entidades u organizaciones públicas o privadas, sin ánimo de lucro, o personas jurídicas que no realicen ninguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado.
- Las personas físicas que realicen alguna actividad económica, por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado (Autónomos).
- Comunidades de propietarios.
- Las entidades locales y del sector público institucional de cualesquiera Administraciones Públicas.
Los importes destinados para cada programa son:
PROGRAMA | CATEGORÍA | IMPORTE |
Programa de incentivos 1: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovables, en el sector servicios, con o sin almacenamiento | Categoría Autoconsumo renovable (componente 7) | 100.000.000 € |
Categoría Almacenamiento (componente 8) | 20.000.000 € | |
Programa de incentivos 2: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en otros sectores productivos de la economía, con o sin almacenamiento | Categoría Autoconsumo renovable (componente 7) | 150.000.000 € |
Categoría Almacenamiento (componente 8) | 25.000.000 € | |
Programa de incentivos 3: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos (componente 8) | 45.000.000 € | |
Programa de incentivos 4: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, con o sin almacenamiento | Categoría Autoconsumo renovable (componente 7) | 200.000.000 € |
Categoría Almacenamiento (componente 8) | 15.000.000 € | |
Programa de incentivos 5: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector (componente 8) | 5.000.000 € | |
Programa de incentivos 6: Realización de instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial (componente 7) | 100.000.000 € | |
TOTAL | 660.000.000 € |
COMUNIDAD AUTÓNOMA | IMPORTE |
Andalucía | 104.847.686 € |
Aragón | 22.945.966 € |
Asturias | 14.536.460 € |
Balears | 13.399.755 € |
Canarias | 230112.104 € |
Cantabria | 8.159.370 € |
Castilla y Leon | 38.187.273 € |
Castilla-La Mancha | 30.948.184 € |
Cataluña | 114.988.848 € |
COMUNIDAD AUTÓNOMA | 67.307.084 € IMPORTE |
Extremadura | 14.881.861 € |
Galicia | 39.163.367 € |
Madrid | 91.295.991 € |
Murcia | 19.552.032 € |
Navarra | 12.235.798 € |
País Vasco | 37.173.437 € |
La Rioja | 5.828.709 € |
Ceuta | 739.001 € |
Melilla | 697.074 € |
Total | 660.000.000 € |
¿Como se tramitan las ayudas para autoconsumo?
Para realizar el trámite de las ayudas de autoconsumo es importante que tengas el apoyo de una oficina técnica, ya que se van a tener que redactar proyectos y documentación técnica que se tendrá que presentar a la administración, para cada comunidad autónoma la documentación varía, por lo que es importante tener claro que documentos solicitan en cada caso.
Es por ello que en la Tabla anterior se han enlazado los portales de cada comunidad autónoma para que se pueda acceder directamente en caso de querer solicitar más información o directamente la subvención.
Según marca el RD 477/2021, la subvención se tramitará des de los portales de cada una de las comunidades autónomas.
¿Que ayudas para autoconsumo puedo solicitar?
Como hemos comentado anteriormente, las ayudas se deben solicitar en función del Programa de Incentivos, y son estos mismos programas los que marcan la quantía de las ayudas en función de la instalación.
Para los programas 1 y 2:
Actuaciones | Coste unitario de la instalación de referencia (Cuf) (€/kW) | Coste subvencionable unitario máximo (€/kW) | % ayuda gran empresa Ayuda (aplicable sobre coste subvencionable) | % ayuda mediana empresa Ayuda (aplicable sobre coste subvencionable) | % ayuda pequeña empresa Ayuda (aplicable sobre coste subvencionable) |
---|---|---|---|---|---|
Instalación Fotovoltaica autoconsumo (1.000 kWp < P ≤ 5.000 kWp). | 120 | 460 | 15 % | 25 % | 35 % |
Instalación Fotovoltaica autoconsumo Potencia (100 kWp < P ≤ 1.000 kWp). | – | 749 | 15 % | 25 % | 35 % |
Instalación Fotovoltaica autoconsumo (10 kWp < P ≤ 100 kWp). | – | 910 | 15 % | 25 % | 35 % |
Instalación Fotovoltaica autoconsumo (P ≤10kWp). | – | 1.188 | 15 % | 25 % | 45 % |
Instalación eólica (500 kW < P ≤ 5.000 kW) para autoconsumo. | 258 | 1.070 | 20 % | 30 % | 40 % |
Instalación eólica (20 kW < P ≤ 500 kW) para autoconsumo. | 129 | 3.072 | 30 % | 40 % | 50 % |
Instalación eólica (P ≤ 20 kW) para autoconsumo. | 86 | 4.723 | 30 % | 40 % | 50 % |
Los costes subvencionables unitarios máximos aplicables de forma adicional a los presentados en la tabla anterior son los siguientes:
Actuaciones | Coste subvencionable adicional unitario máximo (€/kW) |
---|---|
Eliminación del amianto en cubiertas para proyectos de solar fotovoltaica. | P <= 100 kWp: 660 €/kWp 100 kWp < P <= 1.000 kWp: 450 €/kWp 1.000 kWp < P ≤ 5.000 kWp: 210 €/kWp |
Instalación de marquesinas para proyectos e solar fotovoltaica. | 500 €/kWp |
El coste subvencionable unitario máximo de las instalaciones de almacenamiento, en su caso, e intensidades de ayuda a aplicar en cada uno de los programas son los siguientes:
Actuaciones | Coste subvencionable unitario máximo de la instalación de almacenamiento (€/kWh) | % Ayuda gran empresa (aplicable sobre coste subvencionable) | % Ayuda mediana empresa (aplicable sobre coste subvencionable) | % Ayuda pequeña empresa (aplicable sobre coste subvencionable) |
---|---|---|---|---|
Incorporación de almacenamiento al proyecto de instalación de energía renovable para autoconsumo (5.000 kWh < P ). | 200 | 45 % | 55 % | 65 % |
Incorporación de almacenamiento al proyecto de instalación de energía renovable para autoconsumo (100 kWh < P ≤ 5.000 kWh ). | 350 | 45 % | 55 % | 65 % |
Incorporación de almacenamiento al proyecto de instalación de energía renovable para autoconsumo (10 kWh < P ≤ 100 kWh). | 500 | 45 % | 55 % | 65 % |
Incorporación de almacenamiento al proyecto de instalación de energía renovable para autoconsumo (P ≤ 10 kWh). | 700 | 45 % | 55 % | 65 % |
Programa de incentivos 3: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos
Actuaciones | Coste subvencionable unitario máximo de la instalación de almacenamiento (€/kWh) | % Ayuda gran empresa (aplicable sobre coste subvencionable) | % ayuda mediana empresa Ayuda (aplicable sobre coste subvencionable) | % ayuda pequeña empresa Ayuda (aplicable sobre coste subvencionable) |
---|---|---|---|---|
Incorporación de almacenamiento a instalaciones de energía renovable para autoconsumo existentes en el sector servicios y otros sectores productivos (5.000 kWh < P). | 200 | 45 % | 55 % | 65 % |
Incorporación de almacenamiento a instalaciones de energía renovable para autoconsumo existentes en el sector servicios y otros sectores productivos (100 kWh < P ≤ 5.000 kWh). | 350 | 45 % | 55 % | 65 % |
Incorporación de almacenamiento a instalaciones de energía renovable para autoconsumo existentes en el sector servicios y otros sectores productivos (10 kWh < P ≤ 100 kWh). | 500 | 45 % | 55 % | 65 % |
Incorporación de almacenamiento a instalaciones de energía renovable para autoconsumo existentes en el sector servicios y otros sectores productivos (P ≤ 10 kWh). | 700 | 45 % | 55 % | 65 % |
Programas de incentivos 4: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, con o sin almacenamiento
Los módulos que definen la ayuda a cada una de las actuaciones son los siguientes:
Sector residencial:
Actuaciones | Módulo [Ayuda (€/kWp)] | Módulo para el caso de autoconsumo colectivo [Ayuda (€/kWp)] |
---|---|---|
Instalación Fotovoltaica autoconsumo (1.000 kWp < P ≤ 5.000 kWp). | 300 | 355 |
Instalación Fotovoltaica autoconsumo (100 kWp < P ≤ 1.000 kWp). | 350 | 420 |
Instalación Fotovoltaica autoconsumo (10 kWp < P ≤ 100 kWp). | 450 | 535 |
Instalación Fotovoltaica autoconsumo (P ≤ 10 kWp). | 600 | 710 |
Instalación eólica (500 kW < P ≤ 5.000 kW) para autoconsumo. | 650 | 775 |
Instalación eólica (20 kW < P ≤ 500 kW) para autoconsumo. | 1.950 | 2.250 |
Instalación eólica (P ≤ 20 kW) para autoconsumo. | 2.900 | 3.350 |
Administraciones públicas y tercer sector:
Actuaciones | Módulo [Ayuda (€/kWp)] | Módulo para el caso de autoconsumo colectivo [Ayuda (€/kWp)] |
---|---|---|
Instalación Fotovoltaica autoconsumo (1.000 kWp < P ≤ 5.000 kWp). | 500 | 555 |
Instalación Fotovoltaica autoconsumo (100 kWp < P ≤ 1.000 kWp). | 650 | 720 |
Instalación Fotovoltaica autoconsumo (10 kWp < P ≤ 100 kWp). | 750 | 835 |
Instalación Fotovoltaica autoconsumo (P ≤ 10 kWp). | 1.000 | 1.110 |
Instalación eólica (500 kW < P ≤ 5.000 kW) para autoconsumo. | 1.150 | 1.275 |
Instalación eólica (20 kW < P ≤ 500 kW) para autoconsumo. | 2.700 | 3.000 |
Instalación eólica (P ≤ 20 kW) para autoconsumo. | 4.100 | 4.550 |
Las ayudas aplicables sobre actuaciones adicionales, a añadir, en su caso, a los presentados en las tablas anteriores son los siguientes:
Actuaciones | Módulo [Ayuda sobre actuación adicional (según caso)] |
---|---|
Eliminación del amianto en cubiertas para proyectos de solar fotovoltaica* | P <= 100 kWp: 160 €/kWp 100 kWp < P <= 1.000 kWp: 110 €/kWp 1.000 kWp < P ≤ 5.000 kWp: 50 €/kWp |
Instalación de marquesinas para proyectos de solar fotovoltaica | 120 €/kWp |
La ayuda a aplicar en el caso de incorporar sistemas de almacenamiento (módulo almacenamiento) es la siguiente:
Actuaciones | Módulo almacenamiento [Ayuda (€/kWh)] |
---|---|
Incorporación de almacenamiento al proyecto de instalación de energía renovable para autoconsumo en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector (5.000 kWh < P). | 140 |
Incorporación de almacenamiento al proyecto de instalación de energía renovable para autoconsumo en el sector residencial, las administraciones Públicas y el tercer sector (100 kWh < P ≤ 5.000 kWh). | 245 |
Incorporación de almacenamiento al proyecto de instalación de energía renovable para autoconsumo en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector (10 kWh < P ≤ 100 kWh). | 350 |
Incorporación de almacenamiento al proyecto de instalación de energía renovable para autoconsumo en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector (P ≤ 10 kWh). | 490 |
Programa de incentivos 5: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector
Actuaciones | Módulo [Ayuda (€/kWh)] |
---|---|
Incorporación de almacenamiento al proyecto de instalación de energía renovable para autoconsumo en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector (5.000 kWh < P). | 140 |
Incorporación de almacenamiento al proyecto de instalación de energía renovable para autoconsumo en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector (100 kWh < P ≤ 5.000 kWh). | 245 |
Incorporación de almacenamiento al proyecto de instalación de energía renovable para autoconsumo en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector (10 kWh < P ≤ 100 kWh). | 350 |
Incorporación de almacenamiento al proyecto de instalación de energía renovable para autoconsumo en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector (P ≤ 10 kWh). | 490 |
Programa de incentivos 6: Realización de instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial
Sector residencial:
Actuaciones | Módulo [Ayuda (€/kW)] | Valor de ayuda máximo (€/vivienda) |
---|---|---|
Instalaciones aerotérmicas aire-agua para climatización y/o ACS. | 500 | 3.000 |
Instalación Solar Térmica (P > 400 kW). | 450 | 550 |
Instalación Solar Térmica (100 kW < P ≤ 400 kW). | 600 | 780 |
Instalación Solar Térmica (50 kW < P ≤ 100 kW). | 750 | 900 |
Instalación Solar Térmica (P ≤ 50 kW). | 900 | 1.800 |
Biomasa calderas. | 250 | 2.500 |
Biomasa aparatos de calefacción local. | 250 | 3.000 |
Instalaciones geotérmicas para climatización y/o ACS de circuito cerrado. | 2.250 | 13.500 |
Instalaciones geotérmicas o hidrotérmicas para climatización y/o ACS de circuito abierto. | 1.600 | 9.000 |
Viviendas de propiedad pública y tercer sector:
Actuaciones | Módulo [Ayuda (€/kW)] | Valor de ayuda máximo (€/vivienda) |
---|---|---|
Instalaciones aerotérmicas aire-agua para climatización y/o ACS. | 650 | 3.900 |
Instalación Solar Térmica (P > 400 kW). | 650 | 820 |
Instalación Solar Térmica (100 kW < P ≤ 400 kW). | 750 | 950 |
Instalación Solar Térmica (50 kW < P ≤ 100 kW). | 850 | 1.050 |
Instalación Solar Térmica (P ≤ 50 kW). | 950 | 1.850 |
Biomasa calderas. | 350 | 3.500 |
Biomasa aparatos de calefacción local. | 350 | 4.200 |
Instalaciones geotérmicas para climatización y/o ACS de circuito cerrado. | 2.250 | 13.500 |
Instalaciones geotérmicas o hidrotérmicas para climatización y/o ACS de circuito abierto. | 1.700 | 9.550 |
Los valores unitarios máximos aplicables de forma adicional a los presentados en las tablas anteriores son los siguientes:
Actuaciones | Módulo [Ayuda sobre actuación adicional (según caso))] |
---|---|
Nueva distribución interior de climatización, circuitos hidráulicos para la incorporación de suelo radiante para proyectos de aerotermia, geotermia, hidrotermia o solar térmica, siempre que estos sistemas funcionen al 100 % con energía renovable. | 600 €/kW (límite máximo de 3.600 € por este concepto) |
Nueva distribución interior de climatización, circuitos hidráulicos para la incorporación de radiadores de baja temperatura o ventiloconvectores para proyectos de aerotermia, geotermia, hidrotermia o solar térmica, siempre que estos sistemas funcionen al 100% con energía renovable. | 550 €/kW (límite máximo de 1.830 € por este concepto). |
Desmantelamiento de instalaciones existentes. | Para solar térmica: 350 €/kW. 385 € (límite máximo por este concepto) Para biomasa: 40 €/kW 480 € (límite máximo por este concepto) |
¿Que cantidad puedo solicitar en las ayudas para autoconsumo?
La cantidad a solicitar en ayudas para autoconsumo variará en función del Programa de Incentivos y de la instalación a realizar, el principal factor a tener en cuenta es la potencia a instalar.
Por lo tanto es importante conocer la potencia que necesitas para tu instalación, si necesitas más información se puede enviar una solicitud de consulta con un técnico que te asesore de manera gratuita, siempre aconsejamos hablar con un especialista para no tomar decisiones incorrectas.
A continuación podrás calcular la cuantía que recibirás si decides llevar a cabo tu instalación:
Ahora que ya sabes todo de ayudas para autoconsumo y puedes utilizar nuestra calculadora online para calcular tu presupuesto desde el banner situado en la parte inferior.
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