Ampliación definitiva de terrazas COVID
Enero 2022 (trámite abierto hasta 31/03/2022)
Regulación de terraza COVID-19 (Enero 2022)
Siguiendo las últimas novedades de las restricciones del Covid-19, el Ayuntamiento de Barcelona abre plazo para regular las terrazas de los establecimientos que fueron tramitadas de manera extraordinaria en plena pandemia por las restricciones de aforo en el interior de los locales de restauración. Esto como parte de las ayudas que ha implementado el Ayuntamiento para que los locales de restauración recuperen ventas del periodo pandémico. El plazo para tramitar la regulación de dichas terrazas estará abierto hasta el próximo 31 de Marzo.
Te presentamos los principales puntos a tener en cuenta para poder conocer si puedes acceder a esta ampliación, cómo hacerlo y más información a continuación:
Resumen
¿Qué terrazas podrán regularizarse?
Se podrán regularizar tanto las terrazas ubicadas en la calzada como en acera.
¿Qué requisitos deben cumplirse para acceder a esta regularización?
- Las terrazas que se regulen en calzada, deberán disponer de una plataforma homologada por el Ayuntamiento de Barcelona. Estas plataformas dispondrán de una rampa de acceso desde la acera de una pendiente no superior al 10%.
- Las plataformas se deberán instalar a 20cm del límite del cordón o carril de circulación y a 30cm de la acera.
- Las plataformas no pueden instalarse encima de ninguna tapa de registro de servicios.
- No se permite ubicar parasoles a menos de 20cm del límite exterior de la plataforma.
- No se pueden colocar paravientos.
- Las jardineras y tiestos pueden constituir la separación física de la terraza respecto a la calzada. Dependiendo del tipo de vía se deberán usar unas u otras. Sin embargo, no se podrán colocar jardineras entre la plataforma y la acera. También se limitará su uso a un 50% de la largada de un frente de la plataforma para no crear barreras visuales.
- En caso de ocupar carriles de circulación, los establecimientos que utilicen una misma vía tendrán que presentar una propuesta unitaria para hacer uso de un tramo completo.
- Se deberán retirar diariamente del espacio público los elementos que componen la terraza, a excepción de la plataforma.
- Respetar los criterios de accesibilidad de la ordenanza de terrazas.
- No obstaculizar carriles bici, vías de transporte público, acceso a aparcamientos o equipamientos, paso de vehículos de servicios y uso y visualización de los servicios públicos y señales de tráfico.
- Respetar el aforo máximo permitido del local.
- Las terrazas que se regulen en acera, deberán disponer de marcas pintadas en el pavimento que delimiten el espacio de las mismas.
Tramitar regulación de terraza excepcional
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