Cuando te planteas emprender un negocio que sea rentable, una de las primeras ideas que puede pasarte por la cabeza es abrir un supermercado. Y es que no cabe duda de que montar un supermercado puede generar muchos beneficios económicos. Sin embargo, hay varios aspectos que debes tener en cuenta antes de lanzarte a iniciar esta aventura. En este artículo, te contamos paso a paso como abrir un supermercado y a como conseguir la licencia de actividad de supermercado.
Toda la información para obtener tu proyecto
QUÉ HACE FALTA PARA ABRIR UN SUPERMERCADO
Antes de la inauguración de tu supermercado hay muchos pasos que seguir. El primero, es reunir toda la información sobre lo que te hace falta para comenzar. Veamos brevemente qué necesitas.
- Hacer un buen plan de negocios. Antes de abrir una empresa de cualquier tipo, este es algo clave. Debes dejar claros aspectos como quién es el público objetivo, qué quieres conseguir, qué estrategias de marketing seguirás, quiénes serán tus proveedores, etc.
- Decidir si vas a abrirlo por tu cuenta o si te asociarás a una franquicia. Hay muchas franquicias de supermercados y saber si te adherirás a una, o si montarás el establecimiento de forma totalmente independiente es importante.
- Elegir el local. Es un punto esencial, ya que de su tamaño y características dependerá en gran parte la capacidad de tu supermercado.
- Hacer las reformas oportunas. Si el local que has escogido requiere de modificaciones para adaptarse a la normativa y a tus necesidades, es hora de hacerlo.
- Conseguir la licencia de actividad de supermercado.
Una vez que hayas cumplido todas estas etapas, podrás inaugurar tu negocio y comenzar por todo lo alto.
Qué es la licencia de actividad de supermercado y por qué la necesitas
Se considera supermercado a un comercio minorista en el que se venden productos de diversa índole, donde suele predominar la alimentación. En estos negocios, se exponen los productos de manera que el cliente puede servirse a sí mismo. Una vez que ha finalizado su selección de productos, realiza el abono en una caja.
Para tener permiso para abrir un local de este tipo, necesitas la licencia de actividad de supermercado. Este es un documento que te autoriza a llevar a cabo la actividad que has escogido dentro del local.
La Administración pública que se encarga de emitir este documento es el ayuntamiento de la localidad donde esté ubicado el inmueble. Y, para solicitarla, necesitas presentar un proyecto de actividad. ¿Quieres saber cuáles son los trámites para conseguir la licencia de apertura?
Estudio de viabilidad para montar un supermercado
El primer paso para conseguir tu licencia de apertura es hacer un estudio de viabilidad del local. Esto no solamente es clave para conseguir la licencia, sino que es un pilar imprescindible para garantizar el éxito del negocio. El estudio de viabilidad realizado por un técnico te confirmará si es posible abrir un supermercado en esa ubicación según el planteamiento urbanístico del ayuntamiento.
Conseguir el Informe Urbanístico Previo
El Certificado de Compatibilidad Urbanística, también conocido como Informe Urbanístico Previo, es un certificado emitido por el ayuntamiento. En este certificado, se indica si es compatible la actividad de supermercado con las ordenanzas municipales.
Desde el momento en que se emite este documento, dispones de seis meses para tramitar la actividad. ¿Qué pasa si no has terminado las obras cuando vence el plazo? Antes de que se cumpla, puedes solicitar una prórroga por otros seis meses.
Comprobación técnica de los requisitos del supermercado
El siguiente trámite es recibir la visita de un técnico. En esta visita, hará las comprobaciones necesarias para ver si el local reúne los requisitos exigidos por la normativa.
En este punto pueden ocurrir dos cosas:
- El local cumple totalmente con la normativa y no es necesario efectuar ninguna reforma. En este caso, a no ser que quieras hacer cambios estéticos, no tendrás que hacer ningún cambio y podrás saltarte el siguiente paso (sobre los proyectos de obra).
- El local no cumple con toda la normativa. En este supuesto, es necesario hacer modificaciones o reformas para que se ajuste a ella, o bien buscar otro local.
QUÉ REQUISITOS DEBE CUMPLIR EL LOCAL PARA AJUSTARSE A LA NORMATIVA
Además de recibir la visita del técnico especializado, tú mismo puedes notar si, grosso modo, el local cumple con los requisitos. Estos son algunos de los más importantes:
- Debe tener una superficie destinada a la venta. La superficie mínima de esta zona depende del ayuntamiento.
- Debe contar con un almacén.
- Es necesario que disponga de accesibilidad para personas con movilidad reducida. A saber: rampas u otras facilidades.
- La altura mínima es de 2,50 metros en general, pudiendo ser de 2,20 metros en zonas como almacén, baños y zonas de paso.
- Debe haber una zona de residuos.
Reformas en el local: proyectos de obra
Como hemos visto, en ocasiones será necesario hacer modificaciones en el local para que cumpla la normativa. En otros puede que quieras hacer cambios estéticos para que se adapte a la imagen de la marca. Dependiendo de si hay que hacer obras, y de la magnitud de estas, será necesario solicitar una licencia de obras. Veamos cada supuesto.
NO ES NECESARIO HACER OBRAS, PERO SÍ PEQUEÑOS CAMBIOS
Puede que quieras cambiar el pavimento del local, pintar o realizar cambios en el revestimiento de las paredes. En estos casos en que no tocas la estructura ni la distribución ni la fachada del local, no necesitas licencia de obras. Bastará con presentar ante el ayuntamiento una declaración responsable de las obras para informar a la Administración.
HAY QUE HACER OBRAS, PERO NO ES NECESARIO TOCAR LA ESTRUCTURA
Es posible que tengas que ampliar una zona o instalar un rótulo. Si vas a hacer cambios que afectan a la distribución o la fachada del local, pero no tocarás la estructura, necesitas una licencia de obras menores.
Para conseguirla, será necesario que presentes ante el ayuntamiento un proyecto de obras en el que se describen los cambios que se llevarán a cabo. Este proyecto debe estar sellado por un ingeniero superior colegiado.