Proyecto de Obras
Antes de formalizar la adquisición de un local para dar de alta tu Licencia de Actividad de Obrador Industrial, es aconsejable una visita previa al inmueble. En esta visita, uno de nuestros técnicos puede evaluar qué tipo de trabajos habrá que realizar para formar o rehabilitar el local y desempeñar la actividad de obrador industrial. Siendo así, en la mayoría de casos es suficiente tramitar un comunicado o enterado de obras que no requiere licencia, y por tanto tampoco requiere Proyecto de Obras.
Si el local a reformar viene de haber estado desempeñando otra actividad muy diferente y deseas hacer modificaciones sustanciales, deberás realizar un Proyecto de Obras, y que cumpla siempre con el CTE.
¿Cuándo necesitas una Licencia de Obras Menores?
- Si vas a hacer cualquier tipo de demolición de paredes no estructurales
- Si vas a modificar o hacer cambios en la distribución del local
- Si vas a hacer modificación o adecuación de fachadas (rótulos, accesos, rampas, etc.)
¿Cuándo necesitas una Licencia de Obras Mayores?
- Siempre que hagas demoliciones estructurales
Proyectos de Instalaciones
Para obtener la Licencia de Actividad de Obrador Industrial, es necesario también que las instalaciones del local tengan todos los certificados que demuestren que cumplen con la normativa vigente de manera satisfactoria. En caso de que el local donde se vaya a implantar la actividad no cuenta con las instalaciones adecuadas (baja tensión, climatización, gas y fontanería), deberá hacerse un proyecto que adecue todas estas instalaciones para que encaje con la normativa actual. Este proyecto deberá estar visado por un ingeniero superior colegiado, que será quien conste como responsable de dichas instalaciones, algo que un instalador* no podrá hacer.
Es especialmente delicado a este respecto todo lo relacionado con la instalación eléctrica del local, que debe cumplir con el REBT (Reglamento de Baja Tensión) RD842/2002 y el RITE (Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios) RITE/2013.
Este proyecto incluye lo siguiente:
- Cálculos necesarios sobre las potencias de las instalaciones
- Memorias técnicas y descriptivas sobre la instalación
- Planos y emplazamiento de las instalaciones
- Pliego de condiciones y mediciones
- Estudios de seguridad respecto a pública concurrencia
*El instalador estará capacitado para interpretar este proyecto y llevar a cabo la ejecución de la instalación, pero no podrá responsabilizarse ni presentar el proyecto ante la Administración o una Entidad de Control Ambiental, que pedirán un proyecto visado debidamente legalizado.
Dirección y Coordinación de Obras
Si requieres un Proyecto de Obras, vas a necesitar contratar este servicio con nosotros por una cuestión de responsabilidad civil. Si nosotros visamos tu proyecto, la responsabilidad es directa, y por tanto nos debemos reservar el derecho de supervisar en primera persona que todo se hace en cumplimiento de las regulaciones y las instrucciones técnicas. Se traduce en la contratación de uno de nuestros profesionales colegiados (un ingeniero o arquitecto superior) que supervisará periódicamente la obra para verificar que todo se está haciendo conforme a lo descrito en el proyecto técnico.
El Director de Obra es la persona que se encarga de:
- Coordinación de todo el equipo técnico-facultativo de la obra
- Interpretación del proyecto ejecutivo (técnica, económica y estética)
- Consecución de la ejecución de obra en los tiempos acordados
- Adaptación a cambios e imprevistos y modificaciones pertinentes
- Obtención del certificado de final de obra