Tienes que reformar tu local, necesitarás un Proyecto de obras
Antes de formalizar la adquisición de un local para dar de alta tu Licencia de Actividad de Inmobiliaria, es aconsejable una visita previa al inmueble. En esta visita, uno de nuestros técnicos evaluará qué tipo de trabajos habrá que realizar para formar o rehabilitar el local y desempeñar la actividad de Inmobiliaria.
Siendo así, en la mayoría de casos es suficiente tramitar un comunicado o enterado de obras que no requiere licencia, y por tanto tampoco requiere Proyecto de Obras.
Si el local a reformar viene de haber estado desempeñando otra actividad muy diferente y deseas hacer modificaciones sustanciales, deberás realizar un Proyecto de Obras, y que cumpla siempre con el CTE.
¿Cuándo necesitas una Licencia de Obras Menores?
- Si vas a hacer cualquier tipo de demolición de paredes no estructurales
- Si vas a modificar o hacer cambios en la distribución del local
- Si vas a hacer modificación o adecuación de fachadas (rótulos, accesos, rampas, etc.)
¿Cuándo necesitas una Licencia de Obras Mayores?
- Siempre que hagas demoliciones estructurales
Proyectos de instalaciones
Uno de los puntos a tener en cuenta cuando abres una Licencia de Actividad de Inmobiliaria, es que deberás disponer de la legalización de las instalaciones, ya que te lo solicitarán para contratar los servicios del local (en el caso de la luz).
El primer punto para obtener una legalización, es disponer de un proyecto de instalaciones, además, también lo necesitarás en caso de abordar una obra donde éstas se vean modificadas. Con un proyecto de instalaciones, tendrás la seguridad que un técnico compente ha proyectado tus instalaciones y se encuentan conforme a normativa. Este proyecto deberá estar visado por un ingeniero superior colegiado, que será quien conste como responsable de dichas instalaciones, algo que un instalador* no podrá hacer.
Es especialmente delicado a este respecto todo lo relacionado con la instalación eléctrica del local, que debe cumplir con el REBT (Reglamento de Baja Tensión) RD842/2002 y el RITE (Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios) RITE/2013.
Este proyecto incluye lo siguiente:
- Cálculos necesarios sobre las potencias de las instalaciones
- Memorias técnicas y descriptivas sobre la instalación
- Planos y emplazamiento de las instalaciones
- Pliego de condiciones y mediciones
- Estudios de seguridad respecto a pública concurrencia
*El instalador estará capacitado para interpretar este proyecto y llevar a cabo la ejecución de la instalación, pero no podrá responsabilizarse ni presentar el proyecto ante la Administración o una Entidad de Control Ambiental, que pedirán un proyecto visado debidamente legalizado.
Dirección y coordinación de obras
Finalmente y en el caso de que lleves una obra en el local con proyecto técnico e instalaciones nuevas, siempre recomendamos disponer de un técnico responsable que pueda asumir la buena ejecución de los trabajos.
En primer lugar por una cuestión de responsabilidad civil, si dispones de un técnico que asuma los trabajos, la responsabilidad es directa, y por tanto será el responsable de que los trabajos son correctos. En segundo lugar, porque al final de la ejecución de la obra y las instalaciones te dará el Certificado Final de Obra, documento que certifica que las obras se han finalizado correctamente.
El Director de Obra es la persona que se encarga de:
- Coordinación de todo el equipo técnico-facultativo de la obra
- Interpretación del proyecto ejecutivo (técnica, económica y estética)
- Consecución de la ejecución de obra en los tiempos acordados
- Adaptación a cambios e imprevistos y modificaciones pertinentes
- Obtención del certificado de final de obra