Subvención en Rehabilitación Energética PREE 5000

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¿En qué consiste el plan de Subvención en Rehabilitación Energética?

Subvención en rehabilitación Energética

El objetivo de la subvención en Rehabilitación Energética de Edificios en «Municipios de Reto Demográfico» (PREE 5000), es dar un impulso a la sostenibilidad de la edificación en los municipios de reto demográfico en nuestro país (municipios de menos de 5000 habitantes), mediante actuaciones que van  desde cambios en la  envolvente térmica, a  la sustitución de instalaciones de generación térmica con combustibles de Subvención-rehabilitación-energética

origen fósil por generación térmica basada en fuentes renovables como la biomasa, la geotermia, la solar térmica o la bomba de calor y la incorporación de tecnologías de regulación y control, así como la mejora en la eficiencia energética en la iluminación.

Este programa está impulsado por el IDAE

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¿A quién va dirigida la Subvención en Renovación Energética (PREE 5000)?

Los destinatarios de las ayudas del Programa de Rehabilitación Energética son muy concretos, entre los que se encuentran:

  1. Personas físicas o jurídicas de naturaleza privada o pública propietarias de edificios.
  2. Comunidades de Propietarios y propietarios que de forma agrupada sean propietarios de edificios.
  3. Empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios y las Empresas de Servicios Energéticos.
  4. Sector público institucional de cualesquiera de las  Administraciones Públicas titular de edificios.
  5. Comunidades de Energías Renovables y las Comunidades Ciudadanas de Energía.
  6. Entidades Locales o Administraciones Públicas de las CCAA en representación de CCPP u otros propietarios de edificios.

¡Si estás en alguno de estos grupos, no pierdas la oportunidad de conocer tu potencial de ahorro!

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¿Qué actuaciones son objeto de la subvención en de Rehabilitación Energética?

Se han definido dos tipologías de actuaciones que quedan clasificadas de la siguiente manera:

Tipología 1. (Ayuda Base: 50%) Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.

Tipología 2: (Ayuda Base: 40%) Mejora de la eficiencia energética y uso de energías renovables en la:

  • Subtipología 2.1. Sustitución energía convencional por energía solar térmica.
  • Subtipología 2.2. Sustitución de energía convencional por energía geotérmica.
  • Subtipología 2.3. Sustitución de energía convencional por biomasa en las instalaciones térmicas.
  • Subtipología 2.4. Mejora de la eficiencia energética de los subsistemas de generación no incluidos anteriormente, como la bomba de calor.
  • Subtipología 2.5. Mejora de la eficiencia energética de subsistemas de distribución, regulación, control y emisión de las instalaciones térmicas.

Tipología 3: (Ayuda Base: 20%) Mejora de la eficiencia energética de las Instalaciones de Iluminación.

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Exigencias y Plazos de la Subvención en Rehabilitación Energética

Es importante tener claras las exigencias de estas subvenciones, pues el IDAE ha marcado unas directrices que se deben cumplir para poder optar a ellas:

  • Estar en un municipio de menos de 5000 habitantes.
  • Conseguir un ahorro de un 30% de energía primaria no renovable para todo tipo de edificios que quieran optar a la subvención.
  • Mejorar la calificación energética total del edificio en, al menos, 1 letra medida en la escala de emisiones de CO₂ /m² año, con respecto a la calificación energética inicial del edificio.

Plazos:

  • La fecha de entrada en vigor es el 5 de Agosto de 2021.
  • El plazo máximo para presentar las solicitudes será el 31 de Diciembre de 2023.
  • El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de 6 meses contados desde la fecha de presentación de la solicitud.
  • El plazo máximo para la conclusión de las actuaciones objeto de ayuda será de 18 meses desde la fecha de notificación de la resolución de la concesión de la ayuda.
  • La justificación deberá realizarse en un plazo máximo de 3 meses desde la finalización del plazo máximo concedido para la ejecución de las actuaciones.

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