Sabemos la importancia que tiene dar cumplimiento a toda la normativa preventiva de daños derivados de incendios(DB SI) prevista por el CTE; tanto para estar preparados ante un posible accidente, como para evitar problemas ante inspecciones, por eso entendemos que es una buena oportunidad para refrescar esta información.
Es fundamental destacar cómo el DB SI se integra dentro del marco del CTE para asegurar la seguridad en caso de incendio. Este enfoque integral es esencial para comprender la importancia de cada elemento de la normativa.
Estamos de acuerdo en que cada vez que decidamos realizar una reforma de una cierta importancia, o más aún, si lo que deseamos realizar es una obra nueva, deberemos solicitar las correspondientes licencias al Ayuntamiento del lugar en el que nos encontremos: licencia de obra menor, licencia de obra mayor, licencia de actividad o de apertura…
Pues bien, cada una de esas licencias tiene unos requisitos propios que deberemos satisfacer, que ya hemos analizado en otras oportunidades: aquí te dejamos un artículo sobre las diferencias entre las licencias de obra menor y de obra mayor.
En el contexto del CTE y el DB SI, es crucial entender cómo estos requisitos afectan directamente la planificación y ejecución de cualquier proyecto de construcción o reforma. La adecuación a estas normativas no solo es un requisito legal, sino un compromiso con la seguridad y calidad en la edificación.
En el caso de las licencias de actividad, también las hemos detallado, pero como son muchas y muy diferentes, será mejor que te fijes aquí y elijas cuál es la que se adapta a lo que tu necesitas.
La relación entre el DB SI, el CTE y las licencias de actividad es un tema que merece una atención particular. Asegurar que las actividades propuestas cumplen con las normativas de seguridad en caso de incendio es un paso crítico en el proceso de licenciamiento.
Ahora, para analizar lo relativo a las diferentes licencias y el cumplimiento del DB SI, comencemos por el principio.
¿Qué es el CTE?
El CTE es el Código Técnico de la Edificación, se trata del marco normativo que engloba las exigencias básicas de calidad que deben cumplimentarse en la construcción y reformas de edificios, para lograr los estándares de habitabilidad y seguridad establecidos en la Ley de Ordenación de la Edificación.
Se aplica a las edificaciones públicas y privadas de carácter permanente, con proyectos técnicos suscritos por técnico competente, que deban disponer de la correspondiente licencia o autorización legalmente exigible.
¿Cuáles son esas exigencias básicas de calidad?
Las relativas a la seguridad estructural, seguridad en caso de incendio, seguridad de utilización, higiene, salud y protección del medio ambiente, protección contra el ruido, y ahorro de energía y aislamiento térmico.
¿Qué es el DB SI?
El DB SI es el Documento Básico que establece las reglas y procedimientos para cumplir con las exigencias básicas sobre Seguridad en caso de Incendio.
Se aplica a las obras de nueva construcción, excepto aquellas de sencillez técnica y escasa entidad constructiva, que no tengan carácter residencial o público, de forma eventual o permanente, que se desarrollen en una sola planta y no afecten a la seguridad de las personas.
Y también se aplica a las intervenciones en los edificios existentes, ya sean ampliaciones, reformas o cambios de uso.
En caso de inviabilidad o incompatibilidad para cumplir estrictamente lo exigido de manera reglamentaria, se permite cierta flexibilidad a nivel general como específico, en función del requisito afectado. Para ello se debe justificar el nivel de prestación final que se ha alcanzado, junto con los condicionantes de uso y mantenimiento del edificio derivados de dicha adecuación.
Sabemos qué es el CTE, el DB SI y su ámbito de aplicación.
Ahora veamos cómo se relaciona el DB SI con las licencias de obra (mayor y menor) y las licencias de actividad
Es sustancial dejar bien claro que dentro de la edificación se consideran comprendidas sus instalaciones fijas y el equipamiento propio, y también los elementos de urbanización que permanezcan adscritos al edificio, según la Ley de Ordenación de la Edificación.
DB SI y la licencia de actividad
Establece el DB SI que cuando un cambio de uso afecte únicamente a parte de un edificio o de un establecimiento, el DB SI se debe aplicar a dicha parte.
Con lo cual, deducimos que por supuesto también se aplica a un cambio de uso en la totalidad del edificio, como puede ocurrir por ejemplo cuando deseamos cambiar el uso de un local público, que se encontraba habilitado para desarrollar una actividad diferente de la que deseamos desarrollar ahora.
Es decir, cuando solicitamos una licencia de actividad nueva.
DB SI y las licencias de reformas (licencia de obra mayor o licencia de obra menor)
Fija el DB SI que en las obras de reformas en las que se mantenga el uso, el mismo debe ser aplicado a los elementos del edificio modificados por la reforma, siempre que ello suponga una mayor adecuación a las condiciones de seguridad establecidas en él.
Si la reforma altera la ocupación, o su distribución con respecto a los elementos de evacuación, la aplicación del DB SI debe afectar también a estos elementos.
Si la reforma afecta a elementos constructivos que sirvan de soporte a las instalaciones de protección contra incendios, o a zonas por las que discurren sus componentes, deberán adecuarse esas instalaciones a lo establecido en él.
En todos los casos, las obras de reforma nunca podrán menoscabar las condiciones de seguridad preexistentes, cuando éstas sean menos estrictas que las contempladas en el DB SI.
Conclusiones
Como hemos visto, efectivamente tanto las licencias de obra mayor y de obra menor, como la licencia de actividad, exigen entre otras cosas, atenerse a las exigencias previstas por el DB SI del CTE.
No se trata de algo muy difícil, pero sí son cuestiones técnicas que siempre es mejor que sean resueltas por profesionales preparados, quienes tienen los conocimientos y los medios necesarios para el correcto desempeño de cada licencia que debamos obtener para nuestro proyecto.
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